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2015-08-21

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3_Los Planes Directores de los Espacios Públicos.

Se ha previsto la redacción de diez planes directores que completarán la ordenación prevista por este plan especial de protección en el ámbito de los espacios libres, no edificados, entiendo por ellos tanto el sistema viario como los parques, las plazas, jardines, etc.

El contenido y los objetivos que deben desarrollar está definidos específicamente en la Normativa y podrá modificar de manera justificada algunas de las áreas peatonales o de tráfico restringido ya propuestas por el plan especial, así como definir objetivos y criterios para los proyectos de ejecución de los espacios libres, parques y plazas de nueva creación, como para las intervenciones en los ya existentes, fomentando su interrelación con los recorridos peatonales de la trama urbana existente.

4_Los Estudios de Admisibilidad en parcelas o edificios no catalogados.

El Artículo  28 (Proyectos de Edificación de Obra Nueva,  Actividades Urbanísticas y de Instalaciones) establece:

    • En lo no previsto en estas Normas para los proyectos de edificación, de actividades urbanísticas y de instalaciones se estará a lo dispuesto en las Ordenanzas Municipales correspondientes y en la legislación urbanística o sectorial aplicable.
    • En las intervenciones en edificios o parcelas de inmuebles no catalogados, se deberá realizar un Estudio de Admisibilidad, a nivel de anteproyecto, para justificar su integración en el Conjunto Histórico que será informado previamente por el Consejo Municipal de Patrimonio antes de presentar el proyecto definitivo para la obtención de la Licencia Municipal.
    • El contenido del Estudio de Admisibilidad dependerá de cada caso concreto pero deberá justificar la solución arquitectónica propuesta en cuanto a su aprovechamiento, altura, soluciones propuestas para el encuentro con inmuebles catalogados colindantes, tanto edificados como espacios libres de parcela. Deberá expresar gráficamente, mediante fotomontajes, la integración en el ambiente urbano donde se encuentre inmerso, tanto en cuanto a las edificaciones colindantes como al conjunto de la calle. Incluirá un levantamiento planimétrico y fotográfico) exterior e interior) del edificio a demoler o reformar. Se identificarán los elementos vegetales de porte existentes en la parcela, así como los elementos significativos como pozos, tapias, etc.